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LEY 1188 DE 25 ABRIL DE 2008.
Para poder ofrecer y desarrollar un programa académico de educación superior que no esté acreditado en calidad, se requiere haber obtenido registro calificado del mismo. El registro calificado es el instrumento del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior mediante el cual el Estado verifica el cumplimiento de las condiciones de calidad por parte de las instituciones de educación superior.
LEY 1084 DE AGOSTO 4 DE 2006
El Estado, como responsable de la educación en el ámbito nacional, garantizará a través de las instituciones de educación superior públicas y privadas el acceso a la educación de la población proveniente de los departamentos donde no existan sedes presenciales de las mismas.
LEY 1176 DE DICIEMBRE 27 DE 2007
El artículo 356 de la Constitución Política de Colombia dice:Salvo lo dispuesto por la Constitución, la ley, a iniciativa del Gobierno, fijará los servicios a cargo de la Nación y de los Departamentos, Distritos, y Municipios. Para efecto de atender los servicios a cargo de éstos y a proveer los recursos para financiar adecuadamente su prestación, se crea el Sistema General de Participaciones de los Departamentos, Distritos y Municipios.
LEY 1014 DEL 26 DE ENERO DE 2006
Una cosa es incentivar cultura empresarial y otra tratar de introducir una reforma al Código de Comercio. El 26 de enero de 2006 fue sancionada por el Presidente de la República la Ley 1014 sobre el fomento a la cultura del emprendimiento. La iniciativa persigue varios objetivos, entre ellos: promover el emprendimiento para la creación de empresas, crear vínculos entre el sistema educativo a todo nivel y el sistema productivo nacional, mejorar las condiciones para la creación y operación de nuevas empresas, promover el desarrollo económico del país y fortalecer los procesos empresariales. En tanto que en política pública, la idea es loable. Sin embargo, el artículo 22 de esta ley estableció que las nuevas sociedades que se constituyan a partir de su vigencia, cualquiera que fuere su especie o tipo, que tengan una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores o activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, se constituirán y sus estatutos se reformarán, según las normas propias de la Empresa Unipersonal.
 
 
 
 
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FORO:
Como pueden beneficiar a proceso educativo; las Tecnologías de Información?
jimmyp opina:
lslosood...
jimmyp opina:
esta bueno...
jimmyp opina:
ESTAMOS PROBANDO EL FORO...
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